EL CLIMA

sábado, 28 de agosto de 2010

INFAMIA










INFAMIA

La Infamia en la Antigua Roma, es lo que se conceptúa como la "Degradación del honor civil", que consiste en la pérdida de reputación o descrédito en la que caía el ciudadano romano una vez efectuado el Censo por parte del magistrado competente (Censor). De esta forma, era tachado con nota de Infamia.

Parte importante del status de un ciudadano romano, era su Existimatio, o timbre de orgullo que ostentaba ante la sociedad; y era esta estima en la que la sociedad romana lo tenía, la que se veía afectada con el hecho de ser tachado de infame. Si bien la infamia no conlleva un impedimento explícito conforme a derecho, en la práctica limita tácitamente al ciudadano en muchos ámbitos de la vida jurídica y social; no pudiendo por ejemplo, votar en los Comicios ni tampoco acceder a los cargos de elección popular; o ejercer tutelas o curatelas.

Se distinguían dos tipos de infamia en el Derecho Romano:

  • Infamia Iuris: Era aquella que tenía lugar como consecuencia de ser procesado en juicio por haber obrado dolosamente o haber maquinado engaños de manera fraudulenta contra otro.
  • Infamia Facti: Aquella infamia que se obtiene por el sólo hecho de haber realizado un acto contrario a la moral, el orden público y las buenas costumbres, por ejemplo, el caso de la mujer adúltera.

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