EL CLIMA

domingo, 30 de noviembre de 2014

ALIMENTOS INFORME


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Por Lic. Brenda González (Responsable Laboratorio Calidad - Burzaco. Departamento de Control de Calidad y Desarrollo de DIA% Argentina.)
A lo largo de la historia, la relación entre el hombre y su forma de adquirir los alimentos ha sufrido infinitas modificaciones. La biotecnología, a partir de la manipulación genética, desarrolló cultivos resistentes o con características ajenas al cultivo propiamente dicho: se ha logrado cultivar hortalizas y frutas fuera de su temporada normal o que sean resistentes a ciertos plaguicidas, por ejemplo. Como contrapunto, los cultivos orgánicos y todos sus derivados, así como todo lo relacionado al trabajo sobre los mismos (recolección, elaboración de subproductos, entre otros), apuntan a una producción más amigable con el medio ambiente a partir del uso de técnicas para combatir plagas en las que no se emplean químicos, como una de sus principales características, y apuntan a una producción más natural, siendo el ejemplo más significativo el respeto de los ciclos biológicos tanto de los animales como de los vegetales que participen de la cadena productiva y el uso de envases biodegradables.

Estos tipos de producción de alimentos son muy antagónicos y, aún siendo muy efectivos, no solo se orientan a distintas clases de consumidores sino también a mercados distintos: mientras que la biotecnología apunta a una producción masiva, los cultivos orgánicos no pueden abastecer gran cantidad de bocas y se dirigen a un consumidor selectivo y muy exigente.




DEFINICIONES

Argentina, en el Decreto 206/01 que reglamenta la Ley 25.127 sobre Producción Ecológica, Biológica u Orgánica, considera y define como Organismo Genéticamente Modificado (OGM), en su Art. 11, a un organismo cuyo material genético ha sido modificado de una manera que no ocurre en el apareamiento y/o recombinación natural, ya sea por recombinación de ADN de otra especie o por fusión de células o hibridación en las que se forman células vivas con nuevas combinaciones de material genético hereditario mediante la fusión de dos o más células utilizando métodos que no se dan naturalmente.

Otra definición la encontramos en la Resolución 412/02 del SENASA que, en el Glosario de Términos, expresa que un organismo genéticamente modificado es "aquel que contenga información genética adquirida por técnicas de ADN recombinante".

La misma Ley, en su Art. 1, entiende "por ecológico, biológico u orgánico a todo sistema de producción agropecuario, su correspondiente agroindustria, como así también a los sistemas de recolección, captura y caza, sustentables en el tiempo y que, mediante el manejo racional de los recursos naturales y evitando el uso de los productos de síntesis química y otros de efecto tóxico real o potencial para la salud humana, brinde productos sanos, mantenga o incremente la fertilidad de los suelos y la diversidad biológica, conserve los recursos hídricos y presente o intensifique los ciclos biológicos del suelo para suministrar los nutrientes destinados a la vida vegetal y animal, proporcionando a los sistemas naturales, cultivos vegetales, y al ganado condiciones tales que les permita expresar las características básicas de su comportamiento innato, cubriendo las necesidades fisiológicas y ecológicas".

TRANSGÉNICOS

Las principales características introducidas en los cultivos modificados genéticamente en Argentina, son la tolerancia a herbicidas y la resistencia a insectos (por ejemplo soja y maíz, respectivamente):

Soja, Tolerancia a glifosato, Nidera S. A., SAPyA N°167 (25-3-96).
Maíz, Resistencia a Lepidópteros, Ciba-Geigy, SAPyA N°19 (16-1-98).
Maíz, Tolerancia a Glufosinato de Amonio, AgrEvo S. A., SAGPyA N°372 (23-6-98).
Algodón, Resistencia a Lepidópteros, Monsanto Argentina S.A.I.C., SAGPyA N°428 (16-7-98).
Maíz, Resistencia a Lepidópteros, Monsanto Argentina S.A.I.C., SAGPyA N°429 (16-7-98).
Algodón, Tolerancia a glifosato, Monsanto Argentina S.A.I.C., SAGPyA N°32 (25-4-01).
Maíz, Resis. a Lepidópteros, N. Agrosem S.A., SAGPyA N°392 (27-7-01).
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Para poder circular y ser comercializados, deben contar con la respectiva autorización de las autoridades competentes. En este caso, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, es la autoridad responsable de la concesión del permiso para experimentación y/o liberación al medio ambiente de Microorganismos Genéticamente Modificados, contando con el dictamen previo de la CONABIA.

En 2005 la Argentina se mantuvo en el segundo lugar en la lista de productores de transgénicos, sembrando un total de 17,1 millones de hectáreas, un 6% más que el año anterior, y representando el 19% de la superficie global. Prácticamente el 100% de la superficie de soja fue sembrada con soja tolerante al herbicida glifosato, mientras que los maíces resistentes a insectos (Bt) ocuparon el 65% del área cultivada con maíz y el algodón transgénico alcanzó un 60% del total de algodón. la mayor parte de este último, correspondió a variedades tolerantes a glifosato, mientras que el algodón Bt se sembró en una superficie menor. En su segunda campaña desde su aprobación, el maíz tolerante a glifosato se sembró en unas 70 mil ha.

Normativas legales

La manipulación genética ha traído muchas controversias en la industria alimentaria y generó muchas dudas en el consumidor acerca de su seguridad, a partir de reiterados reclamos públicos y manifestaciones en contra de distintas organizaciones no gubernamentales -en su mayoría de ideologías ambientalistas- que exigían que los productos elaborados a partir de OGM, lleven una leyenda en sus etiquetas, indicando esta característica para que el consumidor elija o no consumirlos.

Desde 1993, en Argentina rige, en el ordenamiento positivo, la primera norma específica que tutela los derechos del consumidor, es la Nº24.240 Ley de Defensa del Consumidor, y en su Art. 1 define al consumidor o usuario como "personas físicas o jurídicas que contraten a título oneroso para su consumo final o beneficio propio o de su grupo familiar o social: a) la adquisición o locación de cosas muebles...". En el Capítulo II de la mencionada norma, recepta la información al consumidor y protección de su salud, en su Art. 4: "quienes produzcan, importen, distribuyan o comercialicen cosas o presten servicios, deben suministrar a los consumidores o usuarios, en forma cierta y objetiva, información veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características esenciales de los mismos".

Argentina tiene un Proyecto de Ley para que se incluya en la ley 22.802 de Lealtad Comercial el inciso que obliga el rotulado de productos transgénicos. De esta manera, en los envases y envoltorios de los frutos y productos que se comercializan en el país (sean de producción nacional o importados), deberá leerse la frase "Contiene transgénicos", cuando se hayan utilizado, en la producción o elaboración, materias primas o elementos manipulados genéticamente.

El Consejo Municipal de San Carlos de Bariloche (Provincia de Río Negro) sancionó la Ordenanza 1121/01 en la que determina que todo alimento resultante del uso de técnicas de ingeniería genética en la producción y/o proceso del mismo, deberá ser posible de ser identificado mediante un listado (que se presente en forma visible), y que será provisto a los comercios por la autoridad municipal, la que además ejercerá el contralor respectivo. Este listado estará a disposición del público en general en los comercios del municipio. Esta norma está vigente en la actualidad y es la primera regulación de este tipo en Argentina.

Dentro del Mercosur existen dos criterios bien distintos: Brasil ha avanzado hacia la limitación o la prohibición de los cultivos transgénicos, mientras que en Argentina rige el criterio totalmente opuesto. Paraguay se mantiene en una posición expectante y Uruguay tiene una posición alineada con Argentina.

Con respecto a la Comunidad Europea, el Parlamento se ha pronunciado recientemente sobre dos propuestas de Reglamento de la Comisión Europea relativos a la trazabilidad y etiquetado de los alimentos y organismos modificados genéticamente y sus correspondientes enmiendas, que establece el mecanismo de etiquetado al que estarán sometidos los alimentos y piensos obtenidos a partir de organismos modificados genéticamente (OMG) para consumo humano y animal. Los consumidores podrán elegir más fácilmente si quieren comprar transgénicos o no, ya que todos los productos obtenidos a partir de OMG tendrán que llevar un etiquetado específico.

TENDENCIA ORGÁNICA

La producción orgánica surge de la necesidad del mercado de volverse más competitivo. Se trata de una actividad que agregar valor, que emplea más mano de obra que la actividad convencional, es amigable con el medio ambiente, la biodiversidad y recursos naturales, y ayuda a mantener la calidad de los suelos.

La legislación en Argentina exige que la certificación de la Calidad de los productos orgánicos sea realizada por empresas o instituciones, públicas o privadas, que cumplan los requisitos establecidos por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, habilitándolas para su incorporación al Registro Nacional de Entidades Certificadoras de Productos Ecológicos, Biológicos u Orgánicos, bajo su jurisdicción.

Además de prohibir el uso de productos derivados de síntesis química (aditivos, fertilizantes, plaguicidas, entre otros), se prohíbe la utilización de Organismos Genéticamente Modificados y de productos derivados de éstos, tales como: productos e ingredientes alimenticios (incluidos aditivos y aromas), auxiliares tecnológicos (incluidos los solventes de extracción), alimentos para animales, piensos compuestos, materias primas para la alimentación animal, aditivos en la alimentación animal, auxiliares tecnológicos en los alimentos para animales, determinados productos utilizados en la alimentación animal (tales como aminoácidos, proteínas obtenidas a partir de microorganismos, algas, subproductos de la fabricación de antibióticos obtenidos por fermentación, sales de amonio y subproductos de la fabricación de aminoácidos por fermentación), animales, productos fitosanitarios, fertilizantes, acondicionadores del suelo, semillas y materiales de propagación vegetativa.

Respaldada por una legislación firme de reconocimiento internacional y un programa de certificación exigente y eficaz, la producción de alimentos orgánicos (manufacturados o no) se encuentra posicionada en un lugar privilegiado en el mercado externo donde los productos orgánicos de origen nacional (el 98% de la producción es exportada) son reconocidos.

CONSUMIDOR LOHA

En los últimos años ha sido significativo el aumento de productos orgánicos industrializados y esta tendencia de consumo, junto con otras conductas ecologistas, forma parte de un nuevo estilo de vida denominado LOHA (Lifestyle of Health and Sustainability). Empresas como H.J. Heins Co (Ketchup), Pepsi-Con Inc (Snacks), Tyson Foods Inc (pollos), General Mills Inc (Cereales para el desayuno) y Unilever (Helados) han desarrollado productos orgánicos orientados a satisfacer las necesidades de los clientes LOHA. Este es un consumidor exigente, de un nivel socio-económico alto, con un estilo de vida ostentoso, muy preocupado por el medio ambiente y atento a su estado de salud, así como al mantenimiento de la armonía con la naturaleza. Este tipo de consumidor, dista mucho del modelo de consumidor ecologista de los años 70 puesto que no renuncia a las comodidades de la vida moderna.

En Argentina, durante el año 2011 el volumen de las exportaciones de productos orgánicos presentó un aumento del 27% anual y alcanzó las 156 mil toneladas exportadas, representando el máximo valor histórico registrado. A diferencia del año anterior, el conjunto de los productos de origen vegetal creció un 28% y el de los de origen animal disminuyó 19%. Se hace necesario resaltar que la comparación se realiza en términos de cantidades exportadas y que los datos agrupan una gran heterogeneidad de productos con valor agregado diferente, por lo que debería tenerse en cuenta la evolución a nivel de productos o canastas de productos.

Las frutas (peras y manzanas), cereales y oleaginosas (trigo, lino, soja y cártamo), hortalizas y legumbres (cebolla, zapallo y ajo), el azúcar de caña, los vinos y el expeller de girasol, fueron los principales productos orgánicos de origen vegetal industrializados exportados a la Unión Europea durante el año 2011. Las exportaciones a Estados Unidos estuvieron integradas fundamentalmente por oleaginosas con 14.376 toneladas; frutas (26%) con 11.911 toneladas; productos industrializados (23%) con 10.505 toneladas; y cereales (17%) con 7.659 toneladas. Los principales productos exportados a este destino fueron: maíz, arroz, soja, peras, manzanas, jugo concentrado de manzana y otros, aceite de girasol, harina de soja.

El consumo interno de productos orgánicos certificados sigue siendo bajo y restringido prácticamente a productos hortícolas, frutas y miel. Es poco significativo para los productos industrializados de origen vegetal, entre los que se destacan la yerba orgánica, aceite de oliva y polenta. De todos modos el volumen de productos certificados destinados al mercado doméstico creció y alcanzó unas 3.472 toneladas. z

Bibliografía

"Situación de la Producción Orgánica en la Argentina durante el año 2011" -Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria.

"Transgénicos - La situación en Argentina" - Estrucplan On Line

Ley 25127 - Producción Ecológica, Biológica y Orgánica.

"Los cultivos transgénicos en la Argentina" - Gabriela Levitus- Directora Ejecutiva de ArgenBio (2006)

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