DERECHO A LA IDENTIDAD
1.- ¿Qué implica el derecho a la identidad?
El derecho a la identidad es un derecho inherente a todo ser humano, en tanto
que es un ser único, irrepetible y trascendente. Parte de la consideración del
niño o niña como sujeto de derechos, sin embargo, muchas veces, en el
momento de hacer efectivo estos derechos, esto no sucede. Hay una tensión
que se genera entre la autonomía de los/as niños/as y la autoridad de los
padres, entre la conveniencia de los niños y los intereses de los adultos, que
pueden ser en muchos casos contradictorios y que genera la vulneración de
sus derechos, por ejemplo, cuando un niño no es reconocido por su padre,
porque éste se encuentra casado con una persona diferente a la madre del
niño, y el padre a fin de evitar que puedan demandar el divorcio por adulterio o
para evitar un proceso de alimentos, prefiere no hacer el reconocimiento, o en
el caso de los/as niños/as adoptados/as, cuando desean conocer su identidad
de origen y los padres consideran que esto no es conveniente porque podría
generar conflictos en la familia.
El derecho a la identidad de origen involucra el derecho a una identidad
psicológica, social y cultural, toda persona tiene derecho a construir su propia y
única historia personal, esta identidad que es necesaria para conocer su
procedencia, la búsqueda de sus raíces que den razón al presente que les toca
vivir, a través del reencuentro con su historia individual y grupal irrepetible, que
debe ser respetado y protegido de modo especial, toda vez que es esencial en
las etapas de la vida en las cuales la personalidad debe consolidarse.
Este derecho se expresa en la imagen y circunstancias que determinan quien y
que es una persona. Este derecho se hace efectivo a través de un nombre, una
identificación y una nacionalidad, el conocer a los padres y llevar sus apellidos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario